SIGUENOS

   
       

NOTICIA DE CABECERA

COMUNICADO ANTE LA REPRESION CONTRA UN COMPAÑERO DE CNT ALICANTE
23 May 2013 18:34
CNT – Comunicado ante la represion contra un compañero de CNT-Alicante A día 22/05/2013 recibo la sentencia del juicio que tuve hace dos semanas. Me obligan a pagar 1753,36€ y a tenerme en...

ESPECIALES

 

 

AUDIO LIBROS  

 

100 AÑOS DE CNT 

 

15 M PTO.REAL  

 

DENUNCIAS  

 

 

CONVENIOS  

 

 

AMIANTO  

 


PAGINAS ANARQUISTAS  

 


ENCICLOPEDIA 

 


EMISORAS DE RADIO   

 

JURIDICA LIBERTARIA 

 

 BIBLIOTECA VIRTUAL

ME GUSTA

CONECTADOS

Tenemos 41 invitados conectado(s)
mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy209
mod_vvisit_counterAyer2253
mod_vvisit_counterLa Semana Pasada17653
mod_vvisit_counterMes Actual58137
mod_vvisit_counterEl Mes Pasado77952
mod_vvisit_counterTotales988851

 , 
Today: May 24, 2013

BUSCAR

Equipo

 

REDACCION

CNT-AIT Puerto Real

DIRECCION

CNT-AIT Puerto Real

  


  • 02.jpg
  • 03.jpg
  • 04.jpg
  • 05.jpg
  • 06.jpg
  • 07.jpg
  • 08.jpg
  • 13.jpg
  • 15.jpg
  • 16.jpg
  • 18.jpg
  • 19.jpg
  • 20.jpg
  • 21.jpg
  • 23.jpg
  • 103.jpg
  • 108.jpg
  • 111.jpg
  • 121.jpg
  • 125.jpg
  • 127.jpg
  • 129.jpg
  • 131.jpg
  • 134.jpg
  • 135.jpg
  • 136.jpg
  • 137.jpg
  • 139.jpg
  • 140.jpg
  • 141.jpg
  • 142.jpg
  • 143.jpg
  • 145.jpg
  • 146.jpg
  • 147.jpg
  • 152.jpg
  • 155.jpg
  • 156.jpg
  • 157.jpg
  • 160.jpg

AVISOS URGENTES



 

 

Huelga general 29 de marzo

Manual de huelga para la empresa y el trabajador

La compañía no puede contratar para sustituir a los huelguistas o se expone a multas de hasta 187.000 euros

Raquel Pascual - Madrid - 27/03/2012

La del próximo 29-M será la séptima huelga general de la democracia y la anterior no queda muy lejos, ya que fue el 29 de septiembre de 2010. Esto quiere decir que no es ni mucho menos la primera vez que los empresarios se enfrentan a esta situación; pero esto no evita que sigan surgiendo dudas entre ellos acerca de cómo actuar en esta jornada.

Estos son algunos consejos de expertos laboralistas y consultores recopilados por CincoDías para evitar que surjan problemas de relaciones laborales entre los empresarios y sus asalariados:

1. Sustitución del huelguista. Las empresas no podrán sustituir a los trabajadores que decidan hacer huelga por otros no vinculados a la compañía en el momento de comunicación de los paros.

De hecho, la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (Lisos) estipula como sanción muy grave "los actos del empresario lesivos del derecho de huelga de los trabajadores consistentes en la sustitución de los trabajadores en huelga por otros no vinculados al centro de trabajo al tiempo de su ejercicio".

Igualmente, la ley prohíbe expresamente que el empresario contrate a otros asalariados a través de empresas de trabajo temporal (ETT) para que hagan las labores de los empleados que vayan a secundar el paro.

Incumplir estos preceptos podría conllevar sustanciosas multas de entre 6.251 y 187.515 euros por infracción, según la Lisos.

2. Descuento del salario. La huelga es motivo de suspensión del contrato de trabajo, según la ley; esto quiere decir que las obligaciones recíprocas del empleado (trabajar) y del empresario (remunerar el trabajo realizado) están exoneradas y la relación con la Seguridad Social queda en suspenso. Por ello, el empresario está obligado a descontar el salario y las cotizaciones proporcionales del día de la huelga a todos los que la secunden.

Así, no se les abonarán las retribuciones por las horas no trabajadas, tanto la base como las complementarias (incluyendo la parte proporcional de la retribución del descanso semanal y las pagas extraordinarias, así como la participación en beneficios). Solo no afectará a las retribuciones en especie.

Igualmente, las vacaciones tampoco se verán afectadas ni en su duración ni en su retribución. En lo que se refiere al descuento de las cuotas, la empresa deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos de los huelguistas para que lo apliquen.

En el caso de no poder efectuarse el descuento en el mes en curso, este podrá realizarse en la mensualidad siguiente.

3. Recursos humanos. Para facilitar la labor de gestión administrativa que requerirá los descuentos salariales, algunos expertos sugieren que se cree una especie de censo en la empresa que recoja el listado de trabajadores que han secundado la huelga. En este caso también se aconseja que esta medida se pacte con los representantes de los trabajadores para que no pueda interpretarse como coacción por parte del empresario.

4. Servicios mínimos. Otro de los asuntos que recomiendan pactar con los representantes de los trabajadores, si se diera el caso, es la realización de servicios mínimos en la empresa si estos fueran exigibles por prestar la empresa servicios esenciales a la comunidad. Estos servicios son aquellos que permiten satisfacer los derechos fundamentales, las libertades públicas y los bienes constitucionalmente protegidos (independientemente del régimen público o privado en el que se presten).

De ser así, el empresario deberá comunicar previamente a los trabajadores escogidos que forman parte de los servicios mínimos. En ese caso, el empleado está obligado a ir a trabajar el día de la huelga.

Si la empresa cree que su actividad requiere de la prestación de servicios mínimos, deberá comunicarlo cuanto antes al Ministerio de Empleo y a la Consejería de Trabajo de su comunidad y que sea la autoridad laboral la que lo estipule. Si el empresario no está de acuerdo con la decisión de dicha autoridad, podrá recurrir a los tribunales. La sentencia no será retroactiva, pero servirá para futuras huelgas.

5. Comunicación. Los trabajadores que decidan hacer huelga no están obligados a comunicarlo a la empresa previamente. Y consecuentemente, el empresario tampoco debería preguntar a sus empleados si acudirán o no al trabajo ese día. Según alertan los despachos de abogados, este requerimiento también podría interpretarse como un intento de desincentivar la participación de los trabajadores en la huelga, lo que podría considerarse como vulneración de este derecho.

6. Represalias. La huelga no puede ser motivo de despido -que sería nulo e implicaría la readmisión del empleado- ni de ningún otro tipo de sanciones al trabajador que la secunde. Asimismo, el empresario no podrá computar el día del paro general como una falta de asistencia para argumentar el despido de un trabajador por causas objetivas.

7. Piquetes. La empresa no puede impedir la acción de los piquetes informativos. Pero si estos se extralimitaran en sus funciones y el empresario considera que estos ponen en peligro los bienes o derechos de las personas -incluido el derecho a ir a trabajar-, se podrá requerir la intervención de la autoridad pública. Este llamamiento podrá realizarse tanto por parte del empresario como del trabajador afectado.

Si fuera el empresario el que decidiera cerrar la empresa, deberá abonar el salario a los trabajadores.

8. Crédito sindical. Si un representante sindical pide que no se le descuente el salario del día de la huelga y que se le cargue a su crédito de horas sindicales, puede hacerlo, Aunque, por lo general, los sindicatos prohíben hacer esto a sus delegados.

Las cifras

1.000 millones de euros es lo que le costaría a la economía española que parara el 35% de su población ocupada, según cálculos de la patronal CEOE citados recientemente por su vicepresidente primero, Arturo Fernández.

1,4 jornadas laborales es el equivalente a lo que se debería descontar como media de su salario bruto a un trabajador que secunde la huelga el próximo jueves, según distintos cálculos profesionales.


+ 0
+ 0

Escribir un comentario

LOS MENSAJES NO SE PUBLICARAN AL MOMENTO TIENEN QUE SER REVISADOS POR EL ADMINISTRADOR - SE RUEGA QUE SE PONGA EL CORREO ELECTRONICO PARA POSIBLE RESPUESTA EN SU CASO NO SE PODRA RESPONDER.


BIENVENIDO

 

BIENVENIDO A LA PAGINA WEB DEL SINDICATO

DE OFICIOS VARIOS

CNT PUERTO REAL

 

DIRECCION

 

ESTAMOS EN

C/ SAN FRANCISCO Nº 18

11510 PUERTO REAL

E-Mail : puertoreal@cnt.es

Telefono: 956833789

Horario : de 19:30 a 21:30 

De lunes a Viernes

 

FINALIDAD



El anarcosindicalismo es un medio de organización y un método de lucha y de acción directa de los trabajadores que tiene sus raíces en los postulados de la Primera Internacional y en los del Sindicalismo Revolucionario 

 

DENUNCIA

 


 

CNT EN TU TELEFONO

VIDEO DE PORTADA

khantry design

COMENTARIOS

  • Desearía estar informado de cada uno de sus movimi... VERLO
    De o
  • A lo largo de la historia de nuestro pais,los anar... VERLO
    De maximino
  • Ojala existieran muchos mas como tu en este bendit... VERLO
    De rafa
  • El problema,es que las cupulas de UGT y de CCOO no... VERLO
    De maximino
  • No deja de ser vergonzoso para los gobiernos tanto... VERLO
    De maximino
  • Que significan estas detenciones arbitrarias? Que ... VERLO
    De maximino
  • Estamos solidários com os companheiros e trabalhad... VERLO
    De António
  • Responder a la violencia policial no es violencia,... VERLO
    De maximino
  • Condenamos energicamente e de uma forma repugnante... VERLO
    De António
  • Tenemos que estar preparados para toda forma de pr... VERLO
    De maximino

TOMA LA PALABRA

 

 

Desde este sindicato queremos

conocer tu opinion para mejorar

nuestra pagina

si tienes alguna idea sobre como mejorarla

ademas si deseas participar con comentarios, articulos o denuncias

lo puedes enviar  a

puertoreal@cnt.es

PARTICIPA 

 

 

 

IMAGENES

  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real
  • CNT de Puerto Real

DENUNCIA LABORAL

 

SI TIENES ALGUN PROBLEMA LABORAL

LO PUEDES DENUNCIAR AQUI

nosotros lo publicaremos

correo electronico : puertoreal@cnt.es

 

 

FRASE DEL DIA

 

 

ES MAS FACIL ENGAÑAR A LAS GENTES, QUE CONVENCERLES DE QUE HAN SIDOS ENGAÑADOS 

 

  

 

 

 

EL TIEMPO

El tiempo en Puerto Real

El Indignao

 

 

DIGANME

SI SON DIFERENTES

JA JA JA JA 

 

 

TRANSLATOR

EnglishBulgarianCroatianCzechDanishDutchFinnishFrenchGermanItalianJapaneseNorwegianPolishPortugueseRomanianRussianSpanishSwedishCatalanLatvianLithuanianSerbianSlovenianUkrainianAlbanianEstonianGalicianHungarianTurkishBelarusianMacedonianArmenianAzerbaijaniBasqueGeorgianChinese (T)